SE CONFIRMA LA CONDENA POR LA MUERTE DE UN JOVEN EN SALLIQUELÓ Y EL ACUSADO POR EL HOMICIDIO Y ABANDONO EN UNA PICADA EN TRENQUE LAUQUEN SUMA UN GRAVE ANTECEDENTE

El joven acusado del homicidio culposo calificado de Matías Quintanilla cuando corría una picada de motos por la ruta 5 a la altura de la rotonda de ingreso a la ciudad de Trenque Lauquen, Facundo Agustín Arias, acumula ahora formalmente un antecedente penal por la muerte de un amigo al que dejó abandonado cuando chocó el auto que manejaba en septiembre de 2021 en el acceso de Salliqueló al chocar contra una columna de alumbrado.

Es que la Cámara de Apelaciones y Garantías de Trenque Lauquen declaró mal concedido el recurso de apelación que había elevado el Ministerio Público Fiscal, manteniendo así la pena impuesta en Primera Instancia de tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación especial para conducir vehículos con motor.

En la resolución, los jueces Jorge Juan Manuel Gini y Rafael Héctor Paita se apoyan en un aspecto técnico para declarar mal concedido el recurso de apelación ya que la sanción impuesta es mayor a la mitad de la pena máxima del delito que se le imputa a Arias, por lo tanto no es apelable.

Si bien el fiscal Martín Butti y el abogado patrocinante de la familia damnificada Juan Pablo Bigliani argumentaron que la sentencia no había considerado los agravantes planteados para lograr un monto superior de condena, la Cámara explicó que por ese aspecto técnico no debería haber sido concedida la instancia de apelación.

De esta manera, y con la resolución de la Cámara vigente, el monto de la condena se confirma y se comienza a computar como un antecedente penal concreto contra Arias, que afronta ahora un nuevo proceso por otro hecho gravísimo de similares características ocurrido en el acceso de la ciudad de Trenque Lauquen y ruta nacional N° 5.

Recordemos que Arias está ahora con prisión preventiva por el hecho de Trenque Lauquen y fue trasladado a una Unidad Penitenciaria durante el proceso judicial. En el expediente local intervino también la Cámara de Apelaciones y Garantías que confirmó la resolución del Juzgado de Garantías Nº 3 y no hizo lugar al instituto de la excarcelación ordinaria solicitado en favor del imputado.

En su resolución, la Cámara se basó en “la personalidad desaprensiva asumida por el imputado Arias”, y recordó el hecho anterior donde también dejó abandonado a un amigo quien murió tras un accidente en el acceso de Salliqueló.

El hecho actual en el acceso a Trenque Lauquen “tuvo lugar luego de transcurrido tan sólo cuatro meses desde que fuera condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para conducir vehículos con motor al ser encontrado autor del delito de “Homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y/o negligente de vehículo con motor y por haberse dado a la fuga”, argumentaron los magistrados de la Cámara.

“Dichos comportamientos resultan demostrativos de la marcada indiferencia por parte de Arias, ante la representación de la probabilidad del acaecimiento de un hecho del tenor del investigado, como del evidente desinterés frente a las órdenes de la autoridad judicial”, resumió en su fundamentación la Cámara.

Finalmente explica que “asimismo otra circunstancia particular es que en ambos hechos el causante adopta una idéntica conducta, que es la de profugarse luego de ocurridos los mismos; permitiendo claramente tales circunstancias inferir su vocación de no sometimiento a proceso”.

EL CASO DE SALLIQUELÓ QUE QUEDÓ CON SENTENCIA FIRME

La acusación del hecho de Salliqueló, expresó que el 25 de septiembre del 2021, sobre las 3:45 de la madrugada, Facundo Agustín Arias circulaba al mando del auto Chevrolet Corsa Classic con Benjamin Eduardo Carossio sentado en el asiento del acompañante delantero, mientras que en la parte trasera del rodado iban Edgardo Leonel Peralta y Yamila Noemi Vega.

En esas circunstancias, en un hecho que fue publicado en su momento por DataTrenque, cuando iban por el Acceso Centenario desde el centro hacia la ruta provincial N° 85 “por imprudencia, negligencia antirreglamentaria, al no respetar los reglamentos a su cargo, por no conducir con el cuidado y prevención requeridos en la vía pública, al circular sin licencia de conducir que lo habilite a manejar ese rodado, a alta velocidad, con una graduación alcohólica en sangre de 0,70 gr/mil, perdió el control del auto en una curva, y haciendo una maniobra brusca empezó a derrapar hasta impactar con una columna de alumbrado público”.

Por la fuerza del choque, la columna se desprendió y fue arrastrada por el Corsa.

En el lugar, los ocupantes “fueron auxiliados por personas que asistieron al lugar” pero Carossio “quedó tendido en el piso fuera del rodado”.

Fue en ese instante en el que, según la pesquisa de la Fiscalía, Arias “se dio a la fuga no intentando socorrer a la víctima refiriendo en varias oportunidades que se encontraba alcoholizado, por lo que subió a otro vehículo y se retiró del lugar por la banquina en dirección a la ciudad, siendo finalmente interceptado por personal policial a 150 metros aproximadamente del punto del siniestro”.

Fuente: Data Trenque