PARTE DE PRENSA
Se le hace saber a toda la comunidad, ante las inquietudes que comúnmente se generan en la población y llamados telefónicos a esta Dependencia Policial, en vísperas de las venideras Elecciones Nacionales PASO 2023, de las principales PROHIBICIONES vigentes durante la Veda Electoral, enunciadas en el Código Electoral Nacional, las cuales a continuación se transcriben y rezan:
. Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial;
. Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado;
. Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 12 horas antes del inicio de los comicios, hasta transcurridas tres horas del cierre de los mismos (20:00 horas del día Sábado 12 de Agosto, hasta las 21:00 horas del Domingo 13 de Agosto del cte. año);
. Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;
. A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada;
. Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicios y hasta el cierre del mismo;
. La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera
de sus miembros podrán disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros (80 m.) de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos
nacionales o de distrito.
. Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicios y hasta tres horas después de su cierre,
Asimismo se hace saber que todas falta o delito a lo enunciado
anteriormente, conllevara pena de prisión o económica, según lo estipulado en el Código Electoral Nacional.
Ante cualquier duda y/o consulta respecto de las prohibiciones antes mencionadas llamar al abonado 02394-420040.
Policía Departamental de Seguridad Tres Lomas